Este canal es para la presentación de denuncias sobre hechos, que se presumen irregulares, con respecto al manejo de los recursos públicos o al Código de Conducta del Conglomerado Financiero Banco Nacional de Costa Rica, excluyendo hostigamiento sexual o laboral, con el objetivo de que sean investigados. El canal permite registrar denuncias, exclusivamente, sobre funcionarios de la Alta Administración y Fiscalización Superior del BNCR, la Alta Administración y Fiscalización Superior de Subsidiarias (BN Vital, BN Fondos, BN Valores y BN Corredora de Seguros) y, directores de Juntas Directivas y funcionarios del Régimen de Confianza.

Diferencia entre una denuncia y queja:
Denuncia


Acto que realiza una persona física o jurídica, de modo escrito, para poner en conocimiento un hecho, que se presume irregular, con respecto al manejo de los recursos públicos, posibles actos de corrupción, incumplimientos de las leyes y normativas o faltas al Código de Conducta, con el objetivo de que sea investigado.
Queja

La Contraloría de Servicios, define la queja como: "Toda aquella expresión verbal o escrita en la que un cliente o usuario manifiesta descontento, insatisfacción, enojo por un producto, canal o servicio recibido".

Las quejas no serán recibidas por este medio y deberán tramitarse ante la Contraloría de Servicios en el siguiente link.
Personas denunciables en este canal

Alta Administración BNCR:

Gerente General
Subgerentes Generales
Director(a) Corporativo de Finanzas
Director(a) Corporativo de Recursos Humanos
Director(a) Jurídica
Director(a) de Relaciones Institucionales
Alta Administración subsidiarias:

Gerente  General
Gerentes de área
Fiscalización Superior BNCR:

Auditor General
Subauditor General
Fiscalización Superior Subsidiarias:

Auditor Interno

Régimen de confianza:

Asesor de Junta Directiva General
Asesor de Gerencia General
Directores de Juntas Directivas CFBNCR:

Director(a) de Junta Directiva General
Director(a) de Junta Directiva de Subsidiarias
Trámite que se dará a su denuncia

Los hechos denunciados serán sometidos a un análisis inicial para determinar si corresponden al ámbito de competencia de este canal y si cumplen con los requisitos, para considerarlos como denuncia. Esta etapa permitirá la desestimación y archivo de la denuncia.

Un equipo colegiado examinará, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, la admisibilidad o rechazo de la denuncia, dictando el acto respectivo, el cual será comunicado al denunciante que hubiere señalado lugar o dirección electrónica para recibir notificaciones.

La denuncia admitida se trasladará a una dependencia interna para ser investigada y se le asignará un código, con el objetivo de que el denunciante pueda efectuar consultas sobre el estado de su gestión.
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